Prohibido parodiar al Chavo

Encontré esta nota en la que se informa sobre la baja de un video de YouTube que era el trailer de una producción de Touché Films y EnchufeTV titulada «El chico del barril», parodia de los personajes de la reconocida serie mexicana, El Chavo del 8.

El video «El chico del barril» es una obra derivada o transformativa de la serie El Chavo del 8, por lo que utiliza la construcción de los personajes de la serie original, pero ubicándolos en un tipo de historia completamente nueva, desde el género y el guión, aplicándole así cambios a algunas acciones que realizan los personajes, que jamás se les hubiera ocurrido realizar en la serie original, que era una comedia destinada a un público infanto-juvenil. La parodia, a pesar de recurrir al humor utilizando los gags de los personajes (el llanto del Chavo, las frases de Quico, la Chilindrina o Don Ramón, entre otros), presenta una historia donde hay violencia, misterio y, aparentemente, un crimen por resolver.

Teniendo en cuenta que la serie original se emitió por primera vez entre los años 1973 y 1980 -a pesar de que siguen repitiéndose episodios hasta el día de hoy en algunas cadenas de la televisión latinoamericana-, si los derechos de autor no tuvieran una duración tan extensa -incluyendo el período después de la muerte de la autor-, podría garantizarse la libre participación en la cultura a los productores de El chico del barril, siendo que esta parodia fue publicada en 2014. Con los derechos de autor tal y como están planteados en la actualidad, no se cumple con la garantía del derecho a la libre participación en la cultura al que varios países adscribieron al firmar el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Cultural -PIDESC-.

Si tuviéramos excepciones al derecho de autor con fines de parodia, o incluso un «derecho a remix», estas cosas no sucederían. En EEUU estos casos muchas veces se consideran «uso justo» y ni siquiera se requiere que la ley tenga una excepción específica para alguno de estos usos. Basta con que, en caso de una demanda de los titulares de derechos, se demuestre que no hubo un daño, que no hay una copia descarada sino un uso «razonable» y que no se interfiere en el mercado de la obra original. Las tres condiciones se cumplen en «El chico del barril». Lástima que por estas latitudes el uso justo no es la doctrina habitual, aunque de todos modos, nunca está todo dicho hasta que el juez define.

Mariana Fossatti, Ártica Online (Uruguay).